“… Y dichos automatismos se manifiestan en cada vez más ámbitos que inciden sobre nuestros bienes de la vida, automatismos que también emergen con el nombre de “protocolos” obligatorios, tan impropios que clausuran lo esencial de las profesiones liberales, donde las reglas de cada arte precisamente se deben aplicar en cada caso particular en un proceso dinámico y heterogéneo, y no de una sola y única manera estática y hegemónica decidida monopólicamente, basta ver lo que aconteció con las llamadas cuarentenas sine die, en virtud de decisiones únicas para una universalidad heterogénea, en virtud del análisis de una ciencia (e.g. médica) sin su réplica de las otras ciencias (e.g. jurídica en nuestro caso), lo que pone sobre el tapete que no bastan los solos datos (siempre parciales por cierto), sino que ellos son un paso nomás, para a partir de ellos, reconocer las verdaderas materias jurídicas afectadas (la vida, libertad y propiedad de las personas), caso contrario, se llega a justificar arbitrariamente sin más la anulación de derechos humanos esgrimiendo meros datos estadísticos, que jamás se conjuran por lo demás, ya que si por cuestiones estadísticas fuera, si se aplicaran estadísticas a los mismos organismos estatales que imponen ilegítimamente restricciones a los ciudadanos, no podrían resistir el análisis de la ineficiencia de los cometidos públicos para los cuales fueron creados, lo cual no se justifica con la mera excusa de la inercia de las costumbres, porque las prácticas estatales aún de larga data también son pasibles de ser descalificadas por inconstitucionales.” “Las prácticas inconstitucionales no generan derecho”, ya ha sentenciado nuestra Corte…”
Fragmento de:
“Todo registrado, ¿todo solucionado? La prueba informativa, los automatismos impropios y la materia jurídica”
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© Pablo Salvador Agnello
Imagen:
Agente K “Blade Runner 2049”